Curso virtual de 40 horas, certificados individuales y acompañamiento completo en el registro ante el SUT. Sin importar el tamaño de su nómina.
Si su empresa tiene trabajadores en relación de dependencia, está obligada a ejecutar mínimo 40 horas anuales de capacitación en igualdad salarial y no discriminación, y a reportarlo al Ministerio del Trabajo. La obligación rige desde el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006, publicado en enero de 2025, y no depende del tamaño de la nómina.
Los empleadores llevarán a cabo procesos de capacitación virtual, presencial o mixta, con una duración mínima de cuarenta (40) horas anuales, dirigidos a todos sus trabajadores.
La capacitación debe cubrir cuatro ejes definidos por el reglamento:
Un punto que suele pasarse por alto: la normativa exige que participen el directorio, el representante legal o la máxima autoridad de la organización, así como sus delegados. No se delega íntegramente a talento humano.
El registro en el Sistema Único de Trabajo (SUT), previsto inicialmente para enero de 2026, fue prorrogado mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-185 hasta el 30 de noviembre de 2026. Para que el registro sea válido, las 40 horas deben estar ejecutadas y cargadas antes de esa fecha.
Si además su empresa tiene 50 o más trabajadores, el registro del Plan de Igualdad en el SUT vence el 31 de diciembre de 2026 (Acuerdo Ministerial MDT-2025-184). Son dos obligaciones distintas, con dos plazos distintos, y ambas cierran este año.
El incumplimiento de las obligaciones de capacitación, sensibilización y reporte será sancionado conforme a la normativa laboral vigente.
Entre las sanciones aplicables se encuentran las del artículo 7 del Mandato Constituyente Nro. 8: multas de 3 a 20 remuneraciones básicas unificadas —entre USD 1.446 y USD 9.640 con el SBU vigente en 2026—, según la gravedad determinada por la autoridad laboral. A esto se suma la vía de denuncia individual de cualquier trabajador ante el Ministerio del Trabajo. Sin evidencia documentada de la capacitación, la empresa carece de uno de los principales medios probatorios ante una inspección.
Diseñamos un curso virtual de 40 horas que cubre íntegramente los cuatro ejes del artículo 3, en formato asincrónico para que cada colaborador avance sin detener la operación.
Malla curricular basada en el AM MDT-2025-006 y en la Ley Orgánica de Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.
Certificados individuales, registro de avance y evaluaciones como respaldo probatorio ante una eventual inspección.
Documentación organizada y lista para presentar ante una inspección o una denuncia.
Soporte jurídico en la carga del reporte de cumplimiento en el Sistema Único de Trabajo.
Entregables típicos:
Toda empresa con trabajadores en relación de dependencia, sin importar el tamaño de la nómina.
Hasta el 30 de noviembre de 2026 para tener las 40 horas ejecutadas y cargadas en el SUT.
Sí, la normativa exige la participación del directorio, representante legal o máxima autoridad y sus delegados.
Además de las 40 horas, debe registrar su Plan de Igualdad en el SUT antes del 31 de diciembre de 2026.
Podemos enviarle la malla del curso y una propuesta según el número de colaboradores.
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